miércoles, 21 de septiembre de 2022

Reflexiones... (Reto Módulo 1)


Haciendo un repaso por las noticias más relevantes que informan sobre la desigualdad de género me ha llamado la atención un artículo, publicado el 8 de marzo, en el
Diario de Ávila sobre cómo la pandemia y la crisis agravan la desigualdad de género.

En dicho artículo (La pandemia y la crisis agravan la desigualdad de género) los sindicatos UGT y CC.OO. ponían de manifiesto que la situación de la pandemia de la covid-19 había ocasionado una crisis económica y social que había empeorado la situación de desigualdad estructural que afectaba a las mujeres y de la que aún hoy no nos hemos recuperado en su totalidad.

También destacaban los avances en la actividad normativa en materia igualitaria y laboral sin la cual esta desigualdad sería aún mayor. A tenor de esto me viene a la mente el reciente Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, en el que se regula, entre otros muchos aspectos, el que puedan tener derecho a la prestación por desempleo una vez finalizada la relación laboral prestada.

Esta mejora viene “impulsada” por la Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, de 24 de febrero de 2022, en la que establece con rotundidad que no son compatibles con el ordenamiento de la Unión Europea las normas de Seguridad Social que sitúen a las trabajadoras en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no esté justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo.

Todos sabemos que, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar (*), integrado en el Régimen General, y al que cotizan mayoritariamente mujeres, los empleadores no tenían la obligación de cotizar por dicha contingencia. Por lo que, aun tratándose de una mejora aparentemente neutra, afecta mayoritariamente a mujeres, que se mostraban en desigualdad con otros trabajadores pertenecientes a Regímenes en los que sí se regula este derecho.

Por último, al final del artículo, según el manifiesto de los sindicatos antes mencionados, se pone en alerta sobre como ciertas posiciones políticas de ideología “ultraderechista y neofascista” pueden incidir en el desarrollo por el camino hacia la igualdad plena entre hombres y mujeres al tratarse de pensamientos negacionistas y antifeministas que, como dice el artículo, apuestan por la eliminación de recursos públicos destinados a remover los obstáculos que impiden hacer efectivo el derecho a la igualdad plena y efectiva entre hombres y mujeres.

En una Europa actual, de crispación, de crisis económica potenciada por una guerra, de valores e ideales humanos bajo mínimos (se ve todos los días en los telediarios como los Estados responden frente a la inmigración), es fácil que estos pensamientos afloren y se plasmen en partidos políticos antifeministas pero con poder de decisión en los gobiernos, con el consiguiente retroceso en el camino andado, o lo que es peor, anulación de derechos hoy reconocidos. Ojalá esto no ocurra nunca.

Para terminar, considero que la educación, en casa y en el ámbito educativo, desde la más temprana edad, con métodos orientados en acabar con las desigualdades de género es la mejor manera de triunfar. Si a esto le añadimos políticas y leyes cada vez más igualitarias en lo que atañe lo relativo a la lucha contra las desigualdades de género, mejor que mejor.

Manuel R.

(*) Por cierto, ¿se debería llamar “para Empleados y Empleadas…”; “para Empleadas y Empleados…”; “para Empleados/as…”? En fin, algo debería mejorar en las nomenclaturas propias de la administración.

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